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En nuestro trataremos aquellos temas de actualidad que mas puedan interesar a las empresas

FONDO DE COMERCIO

FONDO DE COMERCIO

En el año 2016 se ha procedido a la modificación del tratamiento fiscal y contable del fondo de comercio en virtud de la modificación de la Ley 22/2015 de auditoria de cuentas​. La principal novedad es que el fondo de comercio que hasta ahora no era amortizable desde un punto de vista contable si lo es. Y esto se debe ​a la modificación del artículo ​39.4 del Código de Comercio por el cual los activos intangibles pasan a ser activos con vida útil definida debiendo amortizarse en un plazo de 10 años.

 

La principal modificación afecta al hecho de que ya no es necesario realizar el estudio de deterioro de la denominada Unidad generadora de Efectivo o UGE que estaba compuesta tanto por los activos y pasivos adquiridos y por el propio fondo de comercio. De forma resumida explicamos como se hacia:

  1. Teníamos que tomar el valor contable de a UGE cuya variación tenía sus causas en la amortización de las activos tangibles, excepto los terrenos, de los saldos de clientes y proveedores,...etc.
  2. A continuación se determinaba el valor en uso definido como el valor actualizado de todos los flujos de caja que se esparaba obtener a lo largo de la vida útil de los activos, o bien del valor razonable de la UGE.
  3. si el valor contable era superior al valor razonable o al valor en uso entonces se entendía ​ que la UGE sufría un deterioro que había que reflejar contablemente correspondiendo a dos partes diferenciadas. Si el deterioro superaba el valor del fondo de comercio en primer lugar se contabiliza el una pérdida irrecuperable por este importe, y por el resto se contabilizaba una pérdida con carácter recuperable.

 

Además había que dotar una reserva con carácter indisponible denominada reserva por fondo de comercio que se elimina con abono a la cuenta 113 reservas voluntarias, siendo ya disponible en el importe que supere el fondo de comercio contabilizado a 1 de enero de 2016. Con esta medida se trata de homogeneizar el tratamiento contable de los activos intangibles, y mas concretamente del fondo de comercio. Además recordemos que fiscalmente se puede deducir un 5% del importe de la amortización contable ​ por lo que tendremos una diferencia temporaria deducible a la hora de contabilizar el Impuesto de Sociedades.

 

VALORACIÓN DEL FONDO DE COMERCIO

 

A continuación veremos dos métodos, quizas los mas interesantes, para valorar el fondo de comercio que como ya sabemos es la diferencia que hay entre el precio de compra total y la resta del activo total menos el pasivo total (por ejemplo una empresa con un activo total de 150.000 u.m y un pasivo total de 115.000 u.m cuyo importe de traspaso asciende a 50.000 u.m el fondo de comercio sería de 15.000 u.m resultante de restar a 50.000 u.m 35.000 u.m).

 

  • El ebitda o earning before interest, taxes, depreciation and amortization es quizas el indicador mas usado por la facilidad de su cálculo, y por permitir de una manera objeta comparar por sectores económicos la capacidad de beneficios de cada empresa correspondiente solamente a su actividad productiva, pues representa el beneficio bruto de explotación. Ahora bien debemos tener en cuenta que tiene una serie de limitaciones pues no se trata de un indicador de liquidez al no tener en cuenta todas las salidas de efectivo, ni tampoco tiene en cuenta las inversisiones productivas al eliminar las amortizacions ni el grado de aplancamiento o endeudamiento de la empresa, pero a pesar de todo no deja de ser un excelente indicador y sobre facilita la información de forma inmediata pues según que sector se multiplica por un determinado número de veces dicho beneficio operativo (por ejemplo la empresa YYY del sector aeronaútico con un ebitda de 240.000 u.m. multiplando dicho beneficio bruto operativo por 8 por ejemplo que se aplicaría a todas las empresas de este sector obteniendo una valoración de 1.920.000 u.m.)
  • Otra forma sería utilizando el análisis del Valor Actual Neto (VAN) y la Tasa Interna de rentabilidad (TIR). El VAN es el resultado de comparar la inversión inicial con los flujos de caja actualizados utilizando como tasa de descuento criterios de coste de oportunidad (rentabilidad que se obtendría con otras inversiones) o el tipo de interés por financiación externa (concesión de un préstamo). La TIR parte del VAN tomando éste un valor igual a cero, siendo interesante solo si la TIR es superior a la rentabilidad que se espera obtener. La principal desventaja de este método es aparte de su propio sibjetividad, que el horizonte temporal máximo es mas bien limitado hacer predicciones de flujos de caja que excedan de 5 años pueden ser muy poco realistas, y por tanto invalidar la valoración obtenida.

 

A​SR ASESORES.

 
antonio.ruiz@allianzmed.es
 
957 04 64 64 - 620 83 30 35
 
 
 
 

 

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