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Como regla general consideramos empresas de reducida dimensión aquellas cuya cifra de negocios en el periodo impositivo inmediatamente anterior haya sido inferior a 10 millones de euros sea cual sea el importe neto de la cifra de negocios en el ejercicio actual. Por ejemplo en al año 2011 respecto al actual 2012.
Existen reglas especiales en función de la duración del periodo impositivo que corresponda o el número de sociedades o actividades. Así tenemos:
Las empresas de reducida dimensión tiene una serie de ventajas fiscales entre las que se encuentran las siguientes:
CASO PRÁCTICO.
La sociedad AZ101 cuyo objeto social es la fabricación de pequeños electrodomésticos de avanzada tecnología adquiere en el ejercicio 2011 el día 1 de abril una maquinaria de alta precisión valorada en 124.000 euros. La cifra de negocio fue en 2011 de 1.345.567 euros con unos pagos fraccionados de 43.570 euros. La maquinaria se amortiza linealmente en 5 años. Los gastos de puesta de funcionamiento fueron de 1.678 euros.
1. Cuadro de amortización
Se amortiza linealmente un 20% durante 5 años. además debemos determinar la amortización fiscal amortizando fiscalmente en el primer año.
| FECHA | AMORTIZACION CONTABLE | AMORTIZACIÓN FISCAL | DIFERENCIA |
| 31-12-2011 | 18.851,7 | 125.678 | - 106.826,3 |
| 31-12-2012 | 25.135,6 | 0 | 25.135.6 |
| 31-12-2013 | 25.135,6 | 0 | 25.135,6 |
| 31-12-2014 | 25.135,6 | 0 | 25.135,6 |
| 31-12-2015 | 25.135,6 | 0 | 25.135,6 |
| 31-12-2016 | 6.283,9 | 0 | 6.283,9 |
| TOTAL | 125.678 | 125.678 | 0 |
Se observa que en este supuesto fiscalmente se ha amortizado el primer año. La libertad para amortizar significa que fiscalmente se puede amortizar el bien en los cinco años bien de esta forma o bien distribuyendo el importe en al cuantía que se desee en este periodo eligiendo para el caso la primera manera.
2. Calculo Impuesto de Sociedades
Si en el ejercicio 2011 la cifra de negocios fue de 1.345.567 euros la liquidación en IS en el año 2012 fue la siguiente:
| RESULTADOS ANTES DE IMPUESTOS | 1.345.567 |
| Diferencia temporaria | - 106,826,3 |
| BASE IMPONIBLE | 1.238.740,7 |
| Tipo de gravamen | 25% primeros 300,000 euros (TMG 28.79%) |
| CUOTA ÍNTEGRA | 356.622,21 |
| Deducciones y bonificaciones | 0 |
| CUOTA LÍQUIDA | 356.622,21 |
| Retenciones y pagos a cuenta | - 43.570 |
| CUOTA DIFERENCIAL | 313.052,21 |
El TMG (tipo medio de gravamen) se calcula al aplicarse dos tipos de gravamen diferentes y es el resultado del cociente entre la cuota íntegra y la base imponible ..
En este primer ejercicio económico del periodo de amortización se ha restado como diferencia temporaria la diferencia negativa entre la amortización contable y la fiscal disminuyendo el resultado final de la liquidación del IS. En la liquidación en el año 2013 del resultado del ejercicio 2012 y siguientes se sumará la diferencia positiva aumento el resultado final, por ello la libertad para amortizar tiene un efecto neutro en el IS en el periodo total de amortización.
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