¿Que es exactamente el fondo de comercio? Una pregunta muy concreta para una materia poco conocida en general pero de gran trascendencia contable y fiscal.
Se define como el conjunto de bienes intangibles de una empresa, tales como la clientela, prestigio de la marca, ubicación,canales comerciales y otros similares, que dan valor a la empresa y no pueden individualizarse de forma separada del resto de elementos no pudiendo por tanto transmitirse individualmente.
El fondo de comercio se pone de manifiesto en dos supuestos:
- Cuando una empresa adquiere onerosamente otra siendo este el caso mas genérico.
- En supuestos muy excepcionales cuando se produzca una revalorización de los bienes inmuebles del activo no corriente por el método del índice de Precios al Consumo. Este proceso tiene un carácter excepcional y solamente se aplica cuando por efecto de la inflación se ajusta el valor histórico al valor actual o sustancial ajustando de esta forma la amortización del activo no corriente al alza y así evitando una sobrepresión fiscal al evitar que se produzca la obtención de un cifra de beneficios ficticia superior a la real ( si incrementamos el importe de las amortizaciones disminuye el rendimiento económico). El fondo de comercio surge por la diferencia entre el valor económico y el valor sustancial o actual.
Nosotros centraremos el análisis en el primer supuesto, el fondo de comercio como consecuencia de la adquisición de una empresa por otra. Se diferencia entre el tratamiento contable y el fiscal. Contablemente figuran en el grupo 20, inmovilizaciones intangibles, subgrupo 204 del activo del balance.
Es importante destacar que tras la aprobación del nuevo Plan General de Contabilidad no se amortizan en ningún caso. Si se permite en cambio realizar anualmente correcciones valorativas del fondo de comercio mas concretamente, se permite fiscalmente deducir al año la centésima parte de su valor (el 1%) hasta que el saldo de la cuenta 204 sea nulo. Este porcentaje se ha modificado por el Real Deceto Ley 12/2002, de 30 de marzo para los periodos impositivos 2012 y 2013. Anteriormente se permitía deducir un venteado (5%).
Del anterior párrafo se deducen una diferencia de criterio pues contablemente el saldo de la cuenta 204 será cada año inferior pero fiscalente el porcentaje de deducción se aplica siempre al valor original del fondo de comercio. Para que sea de aplicación esta deducción se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Que se trate de una adqusición onerosa.
- Que no se haya realizado a otra empresa del mismo grupo de sociedades según los criterios del artículo 42 del Código de Comercio. Según este artículo existe un grupo cuando una sociedad ostenta directa o indirectamente el control otra u otras, y mas especificamente si posee la mayoría de los derechos de voto, tenga la facultad de nombrar y destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración, pueda disponer - en virtud de acuerdos con terceros - la mayoría de los derechos de voto o hayan designado a la mayoría de los miembros del órgano de administración en el momento de aprobar las cuentas consolidadas y en los dos ejercicios económcos anteriores.
- Que se haya dotado una reserva indisponible de al menos el importe fiscalmente deducible (1% del valor origonal) o en caso de no poder por obtener pérdidas, en el primer ejercicio económico con rendimiento neto positivo.
Veamos un ejemplo de como se calcula y contabiliza el fondo de comercio.
LA EMPRESA AZ-101 S.A DEDICADA A LA FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE ALTA TECNOLOGÍA ADQUIERE EN EL AÑO 2011 A LA EMPRESA I.D.S.A PARA AMPLIAR SU GAMA DE PRODUCTOS AL MUNDO DEL SONIDO POR UN IMPORTE DE 175.000 EUROS. OBTIENE BENEFICIOS DESPUES DE IMPUESTOS EN EL EJERCICO 2011 POR IMPORTE DE 68.000 EUROS EL BALANCE DE I.D.S.A AL MOMENTO DE LA COMPRA ES
| ACTIVO | PATRIMONIO NETO |
| TERRENOS 470.000 € | CAPITAL SOCIAL 80.000 € |
| CONSTRUCCIONES 341.000 € | RESERVA LEGAL 16.000 € |
| CLIENTES 72.000 € | RESERVA VOLUNTARIA 34.000 € |
| TESORERIA 24.000 € | PASIVO |
| | EXIGIBLE A CORTO PLAZO 233.100 € |
| | EXIGIBLE A LARGO PLAZO 543.900 € |
| TOTAL 907.000 € | TOTAL 907.000 € |
1. CÁLCULO DEL FONDO DE COMERCIO
Para calcular el fondo de comercio debemos determinar primera la diferencia entre las partidas de activo y de pasivo. En el supuesto la cantidad resultante de restar a 907.000 euros 777.000 (233.100 mas 543.900) es 130.000 euros. Como la empresa AZ-101 S.A pagó 175.000 euros el fondo de comercio sería: FC = 175.000 -130.000 = 45.000 EUROS.
2. CONTABILIZACIÓN
CONCEPTO DEBE HABER
TERRENOS (210) 470.000
CONSTRUCCIONES (211) 341.000
CLIENTES (430) 72.000
TESORERIA (570) 24.000
FONDO DE COMERCIO (204) 45.000
PASIVO NO CORRIENTE (171) 543.900
PASIVO CORRIENTE (440) 233.100
BANCOS (572) 175.000
Como puede observarse el importe de la columna DEBE y HABER coincide con la cantidad de 952.000 euros.
La empresa AZ-101 podrá deducirse el 1% de 45.000 euros si para ello dota la correspondiente reserva indisponible. Si no reparte dividendo pues desea reinvertir todos los beneficios en nuevos proyectos el asiento de dotación de reserva es
CONCEPTO DEBE HABER
PERDIDAS Y GANANCIAS (129) 68.000
RESERVA VOLUNTARIA (113) 67.550
RESERVA FONDO DE COMERCIO (1143) 450 (45000 X1/100)
Fiscalmente en la cuenta de Perdidas y Ganancias podrá deducirse 450 euros. por ello en el ejercicio 2012 el saldo de la cuenta 204 fondo de comercio será de 44.550 (45.000 -450) calculandose el importe deducible del ejercicio 2012 sobre la cuantia de origen esto es 45.000 euros.
ASESORES RUIZ-CABELLO
957 78 80 56 - 620 83 30 35